BENEFICIOS
  • 16
  • Abr

BENEFICIOS

 

¿Qué brindamos?

¿SABE USTED QUÉ LE BRINDA EL SINDICATO A SUS AFILIADOS?

La industria del vestido y afines se encuentra regida por el Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.) Nº 204/93. Dicho convenio contempla entre otras cosas, disposiciones técnicas y beneficios sociales, como por ejemplo:

    Escalafón por antigüedad:
    Premio a la productividad - art. 4º bis
    Presentismo: 20%, más 5% por asistencia perfecta.
    Gratificación especial por antigüedad.
    Licencias con goce de sueldo - art. 10º
    Licencias sin goce de sueldo - art. 12º
    Refrigerio y viático.
    Día del Trabajador del Vestido -14 de octubre (a efectivizarse el 3º lunes de octubre) - No Laborable y Pago.
    Sepelio del afiliado por convenio (art. 20).
    Asesoramiento jubilatorio.
    Asesoramiento permanente por cualquier reclamo y jurídico ante el MTSS por reclamos individuales y colectivos.
    Inspección por incumplimiento de convenio, leyes laborales, higiene y seguridad social.
    Préstamo de elementos varios: muletas, bastones, cama ortopédica.
    Entrega de bolsos y ajuares para recién nacidos.
    Viaje de bodas, estadía sin cargo en nuestros hoteles.
    Entrega de guardapolvos y útiles escolares para hijos en escolaridad primaria.
    Reintegro por plantillas y zapatos ortopédicos, cristales ópticos.

SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES: “Desde siempre al servicio de los trabajadores”.

ADICIONALES: El C.C.T parte de los salarios básicos mínimos por 8 hs. de trabajo, que se incrementan notoriamente en virtud de la aplicación de distintos adicionales que prevé el C.C.T.:

Premio por productividad. Dicho premio se celebra por establecimiento basándose en criterios de remuneración por rendimientos, implicando un adicional sobre el básico de convenio que oscila entre un 20 y un 30%.

Manejo de más de una máquina: se prevé un adicional que varía del 5% al 10% por el manejo de más de una máquina, lo que se conoce normalmente como polivalencia. Otros adicionales de salario del Convenio son:

Escalafón por antigüedad:

    Al cumplir 2 años.........4%
    Al cumplir 3 años.........8%
    Al cumplir 5 años........10%
    Al cumplir 8 años........14%
    Al cumplir 10 años......16%
    Al cumplir 15 años......18%
    Al cumplir 20 años......20%
    Al cumplir 25 años......22%
    Al cumplir 30 años......25%
    Al cumplir 35 años......28%
    Al cumplir 40 años......35%
    Premio por asistencia 20%
    Premio por puntualidad 5%

Gratificación especial por antigüedad: los empleadores abonarán a los trabajadores al cumplir 20-25-30-35-40 años de antigüedad en la empresa una gratificación especial por dicho concepto de un mes de sueldo. Todos estos artículos configuran adicionales del salario del trabajador. Existen otros artículos que si bien no representan un beneficio salarial otorgan otros beneficios que redundan en una mejor calidad de vida. Por ejemplo:

    Licencias con goce de sueldo:
        por matrimonio
        por nacimiento de hijo
        por fallecimiento de familiares
        por casamiento de hijos
        por mudanza
        dadores de sangre
        para concurrir al examen médico prenupcial
        para rendir examen de enseñanza Media o Universitaria.
    Licencia sin goce de sueldo: 30 días por año calendario por razones de fuerza mayor debidamente comprobada.
    Día del trabajador de la industria de la indumentaria: 14 de octubre.
    Subsidio por sepelio del trabajador 
    Ropa de trabajo
    Beneficios sociales (viáticos y refrigerio).